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martes, 9 de noviembre de 2021

(VirtualPAC) Nuevo CFDI 4.0, Complemento de Pagos 2.0 y novedades 2022

Como ya es del conocimiento de la mayoría de todos ustedes, el SAT contempla la liberación de una nueva versión de CFDI: La versión 4.0.

Aún no hay información técnica oficial publicada por el SAT en su portal de Facturación Electronica, todavía no existe una nueva versión del Anexo 20 con las nuevas características del CFDI 4.0, aunque sin duda, contaremos con la nueva información, en cuanto se publique en el Diario Oficial de la Federación la Reforma Miscelanea Fiscal para el año 2022, que, como ha pasado en ocasiones anteriores, será a mediados del mes de Diciembre de 2021.

Lógicamente, no se espera el uso obligatorio de la versión 4.0 de CFDI el 1 de Enero de 2022, pero debemos recordar que una cosa es la "entrada en vigencia" y otra es el "uso obligatorio" del mismo, suponemos, como ha sucedido en ocasiones anteriores, que la actual versión 3.3, convivirá con la versión 4.0 durante el año 2022, para iniciar el uso obligatorio de la versión 4.0 durante el segundo semestre de 2022.

A pesar de que no contamos con información "oficial" sobre los cambios que sufrirán los CFDI en sus nuevas versiones, si sabemos las siguientes cosas:

Con la entrada en operación del nuevo "Regimen de Confianza" dentro del paquete económico que ha sido aprobado, estos son algunos de los cambios a realizar en el XML del CFDI ver. 4.0
 
1.- Además de incluir el RFC del receptor, serán obligatorios los siguientes datos:
  • Nombre
  • Razón o denominación social
  • Código postal
  • Uso fiscal del CFDI
 
Fundamento | Propuesta del Paquete Económico 2022 | 19.6 Datos adicionales al CFDI
 
2.- En temas de cancelación, también hay modificación en los siguientes puntos:
 
  • Se ajusta el esquema para incluir el motivo de cancelación y el folio fiscal que sustituye
  • Se ajusta la descripción del código de respuesta para el sistema actual de cancelación.

   
 



 
  • Todas las solicitudes de cancelación a partir del 01 Enero 2022 deberán incluir el motivo de la cancelación, conforme al siguiente catálogo:  
 
  • Cuando se seleccione clave 01, se deberá habilitar un campo adicional para registrar el folio fiscal que sustituye al comprobante.  
 
 
Fundamento | Propuesta del Paquete Económico 2022 | 19.7 Delimitación en la cancelación de los CFDI
 
 
3.- Se identifican cambios en el servicio de cancelación conforme los siguientes artículos LISR y CFF:
 
- Adición del artículo 113-G, Fracción V de la LISR.
- Reforma del artículo 29-A, cuarto y quinto párrafos del CFF.
 
  • Los contribuyentes del Régimen simplificado de confianza (RESICO) podrán cancelar un CFDI global únicamente en el mes en que se genera el mismo.
  • Los contribuyentes únicamente podrán cancelar un CFDI en el mismo ejercicio en que se haya emitido.
Les recordamos el compromiso que tenemos con ustedes para proporcionarles las mejores herrameintas de emisión, validación y descarga de CFDIs, continuamos con nuestras labores de inverstigación y dearrollo.
 
Nuestro equipo de desarrollo ya se encuentra tabajando en las funciones para el complemento Carta Porte 2.0 y permanecemos atentos a cualquier cambio que pudiera surgir con respecto a la nueva versión 4.0 de CFDI.
 
Todas las nuevas versiones de VirtualXML.DLL y VirtualXML.EXE, así como su documentación, serán liberadas en tiempo y forma en cuanto nuestros PACs asociados cuenten con áreas de prueba debidamente habilitadas para que ustedes puedan implementar esta nueva versión con la rapidez y practicidad que siempre ha caracterizado a nuestros productos.

Quedamos para cualquier duda o aclaracion en los correos: soporte@ciber-tec.com e info@ciber-tec.com

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