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martes, 25 de mayo de 2021

(VirtualPAC) Nuevos certificados (CSD) de Pruebas ya disponibles

Como es de su conocimiento, el dia 17 de Mayo del año 2021 venció la vigencia del certificado de pruebas para el RFC AAA010101AAA.

Este RFC de pruebas se habia venido utilizando desde el año 2010, pero los tiempos y la forma de realizar los CFDIs han cambiado, dejando el RFC de pruebas totalmente obsoleto ante todos los cambios que han ocurrido en la forma de emitir CFDI y con las regulaciones fiscales vigentes

Para empezar, el certificado de pruebas solo se emitió en su momento para personas morales, lo que lo hacia inútil para hacer pruebas para personas fisicas por honorarios o arrendamiento, en esta nueva emisión, se han divido los certificados para personas fisicas y personas morales.

Al mismo tiempo, con los cambios en la ley del IVA y su aplicación en distintas fronteras, se crearon 4 tipos de obligaciones fiscales, mismas que el certificado de pruebas anterior no contemplaba  y por lo mismo, no podia resolver:

1 – IVA exento, tasa 0% y 16%
2 – IVA exento, tasa 0%, 8% y 16% Zona Fronteriza Norte
3 – IVA exento, tasa 0%, 8% y 16% Zona Fronteriza Sur
4 – IVA exento, tasa 0%, 8% y 16% Zona Fronteriza Norte y Sur

Por otro lado para el complemento de Nómina, se hizo necesario también contar con un RFC para organismos SNCF (Sistema Nacional de Coordinacion Fiscal), que son todos aquellos gobiernos Estatales, Municipales y Organismos publicos descentralizados que hacen retencion de ISR a sus empleados, el RFC de pruebas anterior no contaba con esta  excepcion.

En días pasados el SAT emitió los nuevos certificados de prueba que ahora son VEINTICUATRO, 13 para personas fisicas y 11 para personas morales, si desean hacer pruebas deberán escoger el RFC que mejor se acomode al regimen sobre el cual desean hacer pruebas, los nuevos RFCs para pruebas son:

Personas Fisicas:
Clave del archivo .KEY : 12345678a

RFC SCNF VALIDEZ OBLIGACIONES
CACX7605101P8 No IVA exento, tasa 0% y 16%
FUNK671228PH6 No IVA exento, tasa 0%, 8% y 16% Zona Fronteriza Norte
IAÑL750210963 No IVA exento, tasa 0%, 8% y 16% Zona Fronteriza Sur
JUFA7608212V6 No IVA exento, tasa 0%, 8% y 16% Zona Fronteriza Norte y Sur
KAHO641101B39 No IVA exento, tasa 0%, 8% y 16% Zona Fronteriza Norte y Sur
KICR630120NX3 No IVA exento, tasa 0%, 8% y 16% Zona Fronteriza Sur
MISC491214B86 No IVA exento, tasa 0%, 8% y 16% Zona Fronteriza Norte
RAQÑ7701212M3 No IVA exento, tasa 0%, 8% y 16% Zona Fronteriza Sur
WATM640917J45 No IVA exento, tasa 0% y 16%
WERX631016S30 No IVA exento, tasa 0% y 16%
XAMA620210DQ5 No IVA exento, tasa 0%, 8% y 16% Zona Fronteriza Norte
XIQB891116QE4 No IVA exento, tasa 0%, 8% y 16% Zona Fronteriza Norte y Sur
XOJI740919U48 No IVA exento, tasa 0%, 8% y 16% Zona Fronteriza Norte

Personas Morales
Clave del archivo .KEY: 12345678a

RFC VALIDEZ OBLIGACIONES
EKU9003173C9 IVA exento, tasa 0%, 8% y 16% Zona Fronteriza Norte
HAE951128469
IVA exento, tasa 0% y 16%
IIA040805DZ4 IVA exento, tasa 0%, 8% y 16% Zona Fronteriza Sur
IXS7607092R5 IVA exento, tasa 0%, 8% y 16% Zona Fronteriza Sur
JES900109Q90 IVA exento, tasa 0% y 16%
MISC491214B86 IVA exento, tasa 0%, 8% y 16% Zona Fronteriza Norte
KIJ0906199R1 IVA exento, tasa 0%, 8% y 16% Zona Fronteriza Norte
OÑO120726RX3 Solo para pruebas de complemento de Nomina 1.2 para organismos SNCF
URE180429TM6 IVA exento, tasa 0%, 8% y 16% Zona Fronteriza Norte
XIA190128J61 IVA exento, tasa 0%, 8% y 16% Zona Fronteriza Norte y Sur
ZUÑ920208KL4 IVA exento, tasa 0%, 8% y 16% Zona Fronteriza Sur

Para utilizar estos certificados deberás tomar en cuenta lo siguiente:

El RFC de pruebas AAA010101AAA deja de ser válido y no habrá certificado para dicho archivo.

Todos los usuarios demo_?????? ya no son validos, el unico usuario valido para estos certificados es "demo_cibertec" y así tendrás que indicarlo al momento de llamar a la funcion VirtualXML_SetVirtualPACInfo(): Ejemplo:

VirtualXML_SetVirtualPACInfo(hXml, "demo_cibertec", "demo")

Deberás timbrar con el CSD correspondiente a cada RFC que vayas a utilizar, para los 24 casos el password del archivo .KEY siempre es: 12345678a.

Los RFCs "normales" que funcionan como el viejo AAA010101AAA son:

Personas fisicas:
  • CACX7605101P8
  • WATM640917J45
  • WERX631016S30

Con estos certificados podras ademas de emitir facturas, notas de credito, recibos de pago y de nomina, podrás emitir además recibos de honorarios y arrendamiento con sus respectivas retenciones.

Personas Morales:

  • HAE951128469
  • JES900109Q90

Si deseas probar con contribuyentes que apliquen la retencion del 8% de las zonas fronterizas norte o sur tanto personas fisicas o morales, deberás utilizar los RFCs que mencionen que estan configurados para aplicar dichas tasas de impuestos como se muestran en las tablas anteriores.

Si estas realizando RECIBOS DE NOMINA para entidades de gubernamentales, es decir, gobiernos estatales, municipales o organismos publicos descentralizados solo existe un RFC que puede aplicar las reglas para organismos SNCF que es: OÑO120726RX3

Los nuevos certificados se pueden descargar desde nuestra pagina:

http://www.virtual-pac.mx/NuevosCertificados2021.zip

Hemos incluido en el archivo anterior una hoja de Excel donde explica que RFC puede usarse en que caso específico de facturación.

miércoles, 19 de febrero de 2020

(VirtualPAC) 29 de Febrero 2020 ultimo dia para corregir CFDI de nomina 2019

Estimado usuario de VirtualPAC:

Les recordamos que de acuerdo a la regla 2.7.5.7 de la Resolución Miscelanea Fiscal 2020, el dia 29 de Febrero es EL ULTIMO DIA para hacer correcciones de CFDI de nomina del ejercicio 2019.

La Regla establece:

Los contribuyentes que durante el ejercicio fiscal 2019 hayan emitido CFDI de nómina que contengan errores u omisiones en su llenado o en su versión podrán por única ocasión corregir éstos, siempre y cuando el nuevo comprobante que se elabore se emita a más tardar el 29 de febrero de 2020 y se cancelen los comprobantes que sustituyen.

El CFDI de nómina que se emita en atención a esta facilidad se considerará emitido en el ejercicio fiscal 2019. Siempre y cuando refleje como “fecha de pago” el día correspondiente a 2019 en que se realizó el pago asociado al comprobante.

La aplicación del beneficio contenido en la presente regla no libera a los contribuyentes de realizar el pago de la diferencia no cubierta con la actualización y recargos que en su caso procedan.

Recuerda, tienes hasta el 29 de febrero para hacer los cambios necesarios a los CFDI de nómina de 2019. Por lo tanto, debes cancelar los comprobantes con errores que se emitieron antes de la fecha establecida.

martes, 9 de abril de 2019

(VirtualPAC) Nuevas reglas de validación para XMLs

A partir del 3 Abril, han entrado en vigencia las nuevas reglas de validación solicitadas por el SAT para los CFDIs.

Estas nuevas validaciones comenzarán a tener efecto el día 9 de ABRIL 2019 y afectan distintos tipos de CFDI y a distintos complementos, a continuación enumeramos cuales son las nuevas validaciones de acuerdo a los comprobantes que mas emiten nuestros emisores.

Complemento de RECEPCIÓN DE PAGOS

 Se validará que el complemento contenga el Nodo Pago y el Nodo DoctoRelacionado con al menos un folio fiscal relacionado. 


Complemento Concepto POR CUENTA DE TERCEROS:


1.-   Validar que la clave de rfc del “Complemento Concepto PorCuentadeTerceros”, esté contenida en las listas LCO y tenga en el dato “validez de obligaciones”, una marca “2” para IVA al 8% o “1” para el resto de las operaciones. Ya no se podrá utilizar el RFC genérico XAXX010101000 para usar en el complemento.

2.-  Validar que el atributo “codigoPostal” del elemento t_UbicacionFiscal, esté contenida en el catálogo c_CodigoPostal, y contenga la marca que lo identifica como un código de franja fronteriza (cuando aplique IVA 8%).

3.- Validar a nivel de comprobante que la clave de productos y servicios del catálogo del Anexo 20, que ampara el concepto, contenga la marca que identifica que puede aplicar una tasa de IVA del 0.080000 (cuando aplique IVA 8%).

4.- Si se cumplen las validaciones antes listadas, en el “Complemento Concepto PorCuentadeTerceros”, en el nodo traslado, en el atributo tasa se debe registrar el valor 8.000000.(cuando aplique IVA 8%)

5.-  A nivel de comprobante, en el atributo TasaOCuota, del nodo Traslado la tasa de catálogo c_TasaOCuota del CFDI versión 3.3, deberá contener el valor fijo de 0.080000 para el tipo de impuesto IVA.(cuando aplique IVA 8%) 


Complemento de COMERCIO EXTERIOR 1.1


Se actualiza el mensaje de error cuando se intenta timbrar un CFDI con múltiples nodos de CCE11: Mercancía, para que haga referencia específicamente al nodo en el cual se detecte el error, anteriormente el mensaje hacía referencia siempre al primer Nodo <Identificacion>. 


Complemento ESTADO DE CUENTA DE COMBUSTIBLES:


 1.- Validar que la clave del atributo “Rfc” del Nodo: <Conceptos:ConceptoEstadoDeCuentaCombustible> (Rfc del enajenante) del complemento, esté contenida en las listas LCO y tenga en el dato “validez de obligaciones”, una marca “2”.

2.- Validar que en el atributo “TasaOCuota” del nodo <Traslados:Traslado> del complemento, contenga el valor fijo de 0.080000 para el tipo de impuesto IVA.(cuando aplique IVA 8%)

3.- En caso de que el IVA trasladado sea de una tasa diferente al 8%, deberá verificarse que el contribuyente cuente con obligaciones válidas para facturar (“validez de obligaciones” = “1”). 


Cfdi de RETENCIONES E INFORMACION DE PAGOS:


Se agrega validación para no certificar CFDI que contengan números en negativo en algún campo.

Si bien el XSD y estándar técnico no limita el uso de números negativos, fiscalmente no hay pagos o retenciones de impuestos en valores negativos.

Debido a que pudieran existir dudas en los siguientes escenarios, como una orientación se sugiere, además de revisarlo con el área contable de la empresa, lo siguiente:
  • Tratándose de pago indebido de impuestos‌, se deberá presentar la declaración complementaria y realizar el trámite de devolución del pago indebido de conformidad con el artículo 22 del Código Fiscal de la Federación.
  • Para operaciones en donde, derivado del cálculo establecido en las disposiciones fiscales exista una pérdida, hay campos en los complementos para reportar este dato. Tal es el caso del pago de intereses que se reportan en el CFDI de retenciones e información de pagos con el complemento de Intereses.
  • En caso de error en las facturas electrónicas de retenciones, éstas se deberán cancelar y reexpedirse con los datos correctos, en caso de que la operación se haya llevado a cabo.

lunes, 8 de abril de 2019

(VirtualPAC) Se elimina la facilidad de emisión de factura global para GASOLINERIAS y GASERAS

El día de hoy Lunes 8 de Abril de 2019, el SAT da a conocer que las gasolineras, gaseras, estaciones de servicio y en general a quienes fabriquen, produzcan, procesen, transporten, almacenen, distribuyan o enajenen: petróleo, gas natural, gasolina, diesel, turbosina, gas licuado de petroleo (LP) y gas propano, se les elimina la facilidad de la emisión de FACTURAS GLOBALES o mejor conocidas como FACTURAS POR LAS VENTAS DEL DIA.

A partir del día 1 de Mayo del año 2019, CADA TICKET de compra de gasolina, gas, petroleo, etc DEBERÁ SER FACTURADO INDIVIDUALMENTE, el contribuyente de este giro deberá emitir un CFDI, firmado, sellado y timbrado, con su CBB por cada venta que se realice al publico en general ya que la facilidad para la emisión de facturas globales también conocida como factura por las ventas del día se elimina para las gasolinerias y gaseras.

Esto quiere decir que la facilidad de emisión de la factura global ( establecida en la regla RMF 2.7.1.24) ya no será aplicable para los contribuyentes obligados a llevar controles volumétricos de hidrocarburos y petrolíferos.

Este cambio entra en vigor a partir del 1 de Mayo de 2019, tal como lo establece el cambio publicado en la Tercera Modificación a la Resolución Miscelánea Fiscal 2018 del 19/Oct/2018, Artículo Transitorio Décimo Primero

Que dice textualmente:

La reforma al Capítulo 2.6. denominado "De los controles volumétricos, de los certificados y de los dictámenes de laboratorio aplicables a hidrocarburos y petrolíferos" y a las reglas 2.7.1.24., último párrafo y 2.8.1.7., primer párrafo, fracción III; la adición de la regla 2.7.1.46., de las fichas de trámite 277/CFF a 285/CFF, contenidas en el Anexo 1-A, así como de los Anexos 30, 31 y 32, entrarán en vigor a partir del 1 de mayo de 2019.

Te recomendamos que si tu, o alguno de tus emisores se encuentran en este caso, realicen las modificaciones a sus programas para soportar esta nueva disposición oficial.

La sanción por no emitir un ticket por cada venta, puede ser de hasta $78,000.00 pesos POR TICKET NO FACTURADO.

Evita multas y sanciones a tus emisores cumpliendo con esta nueva disposición.

martes, 27 de noviembre de 2018

(VirtualPAC) Error reportado por diversos validadores al subir facturas.

Estos días hemos estado recibiendo numerosos mensajes con respecto a que distintos validadores no reconocen los certificados con los que fue sellado un documento emitido por VirtualPAC desde el día 15 de Noviembre del 2018.

Este error se debe a que el PAC DFacturE renovó sus certificados el día 15 de Noviembre de  2018, y el SAT le otorgó un nuevo CSD, por este motivo muchos validadores no tiene registrado este nuevo certificado y están rechazando las facturas con el mensaje de "no se encuentra el certificado con el que fue sellado el CFDI" o algún mensaje similar.

Para solucionar este problema será necesario actualizar el certificado del PAC en el validador, para esto será necesario que entres en la pagina:


En esa plataforma del SAT deberás proporcionar los Captcha correspondientes y solicitar descarga POR NUMERO DE CERTIFICADO.

El nuevo número de certificado de DFacturE es: 00001000000412706402.CER

La parte de seguridad:

¿ Como sé que este número es el número de certificado correcto ?

Este numero aparece en el timbre fiscal digital de tu CFDI, en la propiedad:

NoCertificadoSAT="00001000000412706402"

Abre el XML del CFDI con cualquier editor de textos y busca la sección <tfd:TimbreFiscalDigital> y ahi localiza la propiedad NoCertificadoSAT, verás el número mencionado anteriormente.

A ese número agrégale la extensión .CER y tendrás el nombre del archivo de certificado de sello digital, mismo que deberás descargar de la página del SAT.

¿ Porqué descargarlo de la página del SAT ?
¿ No lo puedes poner en el sitio de VirtualPAC para decargarlo directamente ?.

Sí, si podríamos, pero hemos tenido quejas de que los archivos podrían haber sido "manipulados", con lo cual preferimos que hagas directamente la descarga desde la página del SAT para que tengas la certeza de que el certificado es obtenido directamente del SAT sin manipulación de ninguna índole.

Proporciona el nuevo certificado a tu validador y podrás validar correctamente tus CFDIs generados por VirtualPAC a partir del 15 de Noviembre.

miércoles, 14 de noviembre de 2018

(VirtualPAC) Aviso IMPORTANTE sobre CFDIs no existentes en el SAT


El pasado día Jueves 8 de Noviembre 2018, nuestro PAC primario “DFacturE” (Facturación Electrónica, S.A.) emitió erróneamente CFDI’s con UUID que no fueron registrados en el SAT, notando esta falla el día Viernes 9 de Noviembre.

Para corregir este error, DFacturE re-emitió los CFDI erróneos el día 10 de Noviembre, lo que generó distinto UUID al que originalmente fue emitido. 

El contenido del CFDI se mantuvo exactamente igual y el CFDI se encuentra debidamente registrado en el SAT cambiando únicamente el timbre fiscal digital y su correspondiente UUID. En algunos casos, la re-emisión del CFDI no fue posible.

Para ayudar a nuestros usuarios a identificar los documentos afectados por esta falla, DFActurE nos ha proporcionado un listado con los UUID erróneos, los UUID correctos y los UUID que no pudieron re-emitirse, ordenados por RFC emisor.

Dentro de las próximas 24 hrs. pondremos a su disposición a través del portal de Administración de VirtualPAC (http://admin.virtual-pac.mx), un archivo ZIP conteniendo los archivos XML con el timbre fiscal digital correcto; así como una hoja de MS Excel con la información correspondiente al RFC Emisor, UUID Erróneo, UUID Correcto, así como UUID que no pudieron ser re-emitidos.

Lamentamos las molestias que esto pueda ocasionarles y en compensación por nuestra parte, asignaremos sin costo 10 timbres fiscales a cada emisor por cada UUID que no haya sido procesado correctamente. 

Para más información relativa a esta falla y dado que escapa a nuestra competencia directa, les pedimos atentamente se pongan en contacto directo con el PAC “DFacturE” en el teléfono: 01-222-248-5252 con la Srta. Pilar Curiel o al correo integraciones@dfacture.com
 
Reiteramos nuestro compromiso con nuestros clientes para proporcionarles el mejor servicio de timbrado.

viernes, 9 de noviembre de 2018

(VirtualXML) El valor del campo TotalImpuestosRetenidos debe ser igual a la suma de los importes registrados en el elemento hijo Retencion

El día de hoy Viernes 9 de Noviembre 2018 muchos emisores han comenzado a obtener este mensaje de error:

CFDI33181 El valor del campo TotalImpuestosRetenidos debe ser igual a la suma de los importes registrados en el elemento hijo Retencion. El nodo Impuestos:Retenciones no contiene elementos.

No es un mensaje de error, es un error de llenado del XML mismo que las nuevas guias de llenado publicadas por el SAT en Septiembre de 2018 ya habían comentado que se validaría.

¿ En que consiste el error ?

El error consiste en poner 0.00 en el nodo TotalImpuestosRetenidos, cuando el CFDI NO TIENE RETENCION DE IMPUESTOS, es decir, no hay retención de IVA o de ISR (retenciones que solo existen cuando las personas físicas emiten recibos de honorario ó arrendamiento a personas morales) o bien en algunos casos de retención por ventas a gobierno.

Por lo tanto, si un CFDI no tiene retenciones no tiene porque contener el nodo TotalImpuestosRetenidos y por ende este nodo no debe tener ningúnn valor.

Usando VirtualXML y la función:


Es la causa del problema pero al mismo tiempo la solución.

El problema se causa cuando haces:

VirtualXML_SetImpuestosInfo_cfdi33(hXml, "ImporteTraslados","0.00")

El último parámetro de la función es el que se utiliza para indicar el importe de los impuestos retenidos, si estos no existen en tu CFDI, debes usar esta función así:

VirtualXML_SetImpuestosInfo_cfdi33(hXml, "ImporteTraslados","")

Como verás el último parámetro está vacío, con lo cual no se generará el nodo "TotalImpuestosRetenidos"cuando estos no existan.

Este mismo error lo tendrás cuando pongas un valor de "0.00" en los descuentos de las partidas, pero este asunto ya lo hemos tratado en otro post del blog que puedes consultar en:

http://virtual-pac.blogspot.com/2018/02/virtualxml-el-problema-de-los.html 

Es importante recalcar que cuando un nodo relativo a importes (SubTotal, Total, Descuentos, etc) cuando no tienen valor NO DEBEN SER LLENADOS CON 0.00, simplmente o deben existir.
 
Es importante que realices este cambio ya que el SAT continuará siendo mas exigente con el llenado de los CFDI 3.3