El día de hoy Lunes 8 de Abril de 2019, el SAT da a conocer que las gasolineras, gaseras, estaciones de servicio y en general a quienes fabriquen, produzcan, procesen, transporten, almacenen, distribuyan o enajenen: petróleo, gas natural, gasolina, diesel, turbosina, gas licuado de petroleo (LP) y gas propano, se les elimina la facilidad de la emisión de FACTURAS GLOBALES o mejor conocidas como FACTURAS POR LAS VENTAS DEL DIA.
A partir del día 1 de Mayo del año 2019, CADA TICKET de compra de gasolina, gas, petroleo, etc DEBERÁ SER FACTURADO INDIVIDUALMENTE, el contribuyente de este giro deberá emitir un CFDI, firmado, sellado y timbrado, con su CBB por cada venta que se realice al publico en general ya que la facilidad para la emisión de facturas globales también conocida como factura por las ventas del día se elimina para las gasolinerias y gaseras.
Esto quiere decir que la facilidad de emisión de la factura global ( establecida en la regla RMF 2.7.1.24) ya no será
aplicable para los contribuyentes obligados a llevar controles
volumétricos de hidrocarburos y petrolíferos.
Este cambio entra en vigor a partir del 1 de Mayo de 2019, tal como lo establece el cambio publicado en la
Tercera Modificación a la Resolución Miscelánea Fiscal 2018 del 19/Oct/2018, Artículo Transitorio Décimo Primero
Que dice textualmente:
La reforma al Capítulo 2.6. denominado "De los controles volumétricos, de los certificados y de los dictámenes de laboratorio aplicables a hidrocarburos y petrolíferos" y a las reglas 2.7.1.24., último párrafo y 2.8.1.7., primer párrafo, fracción III; la adición de la regla 2.7.1.46., de las fichas de trámite 277/CFF a 285/CFF, contenidas en el Anexo 1-A, así como de los Anexos 30, 31 y 32, entrarán en vigor a partir del 1 de mayo de 2019.
Te recomendamos que si tu, o alguno de tus emisores se encuentran en este caso, realicen las modificaciones a sus programas para soportar esta nueva disposición oficial.
La sanción por no emitir un ticket por cada venta, puede ser de hasta $78,000.00 pesos POR TICKET NO FACTURADO.
Evita multas y sanciones a tus emisores cumpliendo con esta nueva disposición.
Puedes proporcionar el link donde viene dicho publicado de la pagina de SAT
ResponderEliminarhttps://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5541590&fecha=19/10/2018
Eliminar